PROHIBICION DE ACTOS O PRACTICAS QUIRURGICAS NO TERAPEUTICAS EN ANIMALES DOMESTICOS




Promulgación: 19/09/2024
Publicación: 02/10/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   A los efectos de esta ley, se entiende por:

A) Caudectomía, la amputación total o parcial de la cola.

B) Otectomía, la mutilación total o parcial de las orejas.

C) Oniquectomía, la extirpación de las garras de un animal mediante la
   amputación total o parcial de las falanges distales o huesos
   terminales, de los dedos del animal, así como uñas y falanges.

D) Cordectomía, la extirpación de la o las cuerdas vocales del animal.
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