TÍTULO V - DE LOS SERVICIOS DE DIFUSIÓN DE CONTENIDO AUDIOVISUAL PÚBLICOS CAPÍTULO III - ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 84
(Patrimonio).- El patrimonio del Sistema Público de Radio y Televisión Nacional (SIPRATEN) estará constituido por todos los bienes inmuebles, muebles y derechos afectados a la unidad ejecutora 024 "Servicio de Difusión de Contenido Audiovisual Nacional" del Ministerio de Educación y Cultura, todos los que estuviesen asignados a su servicio o jurisdicción en la actualidad, así como los que se adquieran o reciban en el futuro a cualquier título.
El SIPRATEN tomará a su cargo todas las deudas y obligaciones contraídas por dicha Unidad, así como sus servicios, recibiendo los fondos o recursos afectados.