El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN V - Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República INCISO 33 - Fiscalía General de la Nación
Artículo 562
La Fiscalía General de la Nación deberá reglamentar las disposiciones que hagan efectivo el goce de licencia y licencias especiales previstas en el artículo 54 de la Ley N° 19.483, de 5 de enero de 2017, detallando el régimen de licencias maternal, paternal, medio horario maternal y para cuidados del recién nacido y familiares en un plazo no mayor a noventa días desde la promulgación de la presente Iey. La Fiscalía General de la Nación deberá dar cuenta de las disposiciones relativas al régimen a la Asamblea General.