Ley N° 7047
LEY ORGANICA DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACION LOCAL. MODIFICACION
Promulgación: 23/12/1919
Publicación: 27/12/1919 Publicada anteriormente: 15/11/1919
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 2
- Año: 1919
- Página: 622
SECCION III
De los Consejos de Administración
CAPITULO I
Artículo 38
Para ser Concejal se necesita veinticinco años de edad, ser vecino del Departamento y estar inscripto en el Registro Cívico Permanente.
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