PRESUPUESTO




Promulgación: 13/10/1922
Publicación: 27/10/1922
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1922
  •    Página: 446

Artículo 12

   Las funciones que el artículo 5º del decreto de 10 de Abril de 1877, a ley de Impuestos de Herencias y Donaciones, el decreto reglamentario de la misma y otros asignan al Procurador Fiscal de Montevideo, serán desempeñadas por el Fiscal de Hacienda y por los procuradores de las Oficinas de Impuestos que aquél designe, según los casos.
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