PRESUPUESTO




Promulgación: 13/10/1922
Publicación: 27/10/1922
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1922
  •    Página: 446

Artículo 56

   Los empleados públicos cuyos puestos no figuran en el presente Presupuesto, pagados con recursos especiales, proventos, recargos y multas o por empresas particulares abonarán montepío y los reintegros del caso a los efectos de su jubilación.
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