FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA. PRORROGA




Promulgación: 28/12/1922
Publicación: 29/12/1922
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1922
  •    Página: 586

Artículo 1

   Prorrógase por el año 1923 la ley que rige actualmente en materia de Contribución Inmobiliaria para los Departamentos del litoral e interior. Prorrógase asimismo la ley vigente de Patentes de Giro para la Capital y Departamentos del interior y litoral por el año 1923.
   Cuando los propietarios creyeran que los aforos de sus predios no se ajustan al valor real del inmueble podrán reclamar ante la oficina respectiva, previa consignación de la cuota correspondiente. (*)

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 7.675 de 19/12/1923 artículo 1 (prorroga plazo).

BATLLE Y ORDOÑEZ - R. VECINO - T. VIDAL BELO
Ayuda