SECCION III
De las votaciones CAPITULO VII
Del funcionamiento de las Comisiones Receptoras de Votos
Artículo 57
Llegada la hora establecida en el artículo anterior se procederá en la forma siguiente:
A) Si estuvieran presentes los tres miembros designados como titulares,
deberán constituirse sin demora.
B) Si faltare alguno de los tres miembros titulares, la Comisión se
integrará con los suplentes que hubieran concurrido, respetando el
orden en que fueron designados.
C) Si no estuviera presente ninguno de los miembros titulares, la
Comisión se integrará con los suplentes. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 16.017 de 20/01/1989 artículo 1.
Ver en esta norma, artículo:99.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 7.812 de 16/01/1925 artículo 57.