LEY DE ELECCIONES




Promulgación: 16/01/1925
Publicación: 19/01/1925
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1925
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION III
De las votaciones
CAPITULO VII Del funcionamiento de las Comisiones Receptoras de Votos

Artículo 68

   Inmediatamente de revisada la urna de votación, se cerrará, entregando el Presidente una de las llaves al Secretario y quedándose él con la otra.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 69 y 99 Derogada/o.
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