PRESUPUESTO




Promulgación: 07/02/1925
Publicación: 09/02/1925
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1925
  •    Página: 91
Referencias a toda la norma

CAPITULO II

Artículo 11

   La Administración Nacional del Puerto contribuirá con la suma de ciento treinta mil pesos ($ 130.000) a los gastos de conservación de fondos, proyectándose y efectuándose las obras por el Ministerio de Obras Públicas.
   Además contribuirá con la suma de $ 40.000 para atender el servicio de Policía Marítima.
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