CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES. BENEFICIOS JUBILATORIOS




Promulgación: 26/10/1925
Publicación: 05/11/1925
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1925
  •    Página: 480
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   Los servicios prestados en el Ejército Nacional y los servicios activos prestados en la Guardia Nacional se computarán sin la reducción a que se refiere el artículo anterior.
Referencias al artículo
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