ASISTENCIA PUBLICA NACIONAL. PRESUPUESTO




Promulgación: 26/08/1926
Publicación: 14/09/1926
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1926
  •    Página: 440
Referencias a toda la norma

Artículo 12

   La Asistencia Pública podrá costear los gastos de servicio médico y medicamentos de aquellas localidades donde la iniciativa privada concurra a suplir los demás gastos que demande la asistencia de menesterosos.
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