MINISTERIO DE GUERRA Y MARINA. PRESUPUESTO




Promulgación: 16/11/1926
Publicación: 02/12/1926
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1926
  •    Página: 711
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   Autorízase a las Escuelas del Ejército a tomar hasta 25 voluntarios cada una, de 16 a 21 años de edad, especialmente destinados 11 los talleres, laboratorios, etc.
   Estos voluntarios recibirán el uniforme y la alimentación del Estado, así como la instrucción general y especializada que corresponda.
   De ellos se elegirán los obreros presupuestados cuando se produzcan vacantes.
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