AUTORIZACION PARA RESIDIR EN EL EXTRANJERO




Promulgación: 18/11/1926
Publicación: 22/11/1926
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1926
  •    Página: 732
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Los que omitan obtener la licencia requerida por el artículo anterior perderán automáticamente la jubilación, retiro o pensión por todo el tiempo que dure la ausencia.
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