LEY DE DESALOJOS




Promulgación: 16/12/1927
Publicación: 22/12/1927
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1927
  •    Página: 671
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   Considérase incurso en mora, el arrendatario que no pague el alquiler o renta dentro de los diez días inmediatos siguientes a la intimación judicial.
   Esta no podrá ser hecha sino diez días después de aquel en que el pago debió efectuarse.
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