DEUDA PUBLICA




Promulgación: 09/04/1928
Publicación: 30/04/1928
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1928
  •    Página: 188
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La emisión de las deudas a que se refiere el artículo anterior podrá realizarse hasta dos puntos más abajo de la cotización que presenten las deudas similares internas, teniendo en cuenta el cupón respectivo.
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