DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 05/09/1929
Publicación: 11/09/1929
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1929
  •    Página: 522
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   El inciso 3.° del artículo 2370 del Código Civil y el inciso 3.° del artículo 1733 del Código de Comercio, quedan reformados en los siguientes términos: "Las semillas, su importe, gastos de cultivo, recolección y conservación, anticipados al deudor y los créditos de fomento agrario concedidos por el Banco de la República sobre las cosechas del último año". (*)

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 18.387 de 23/10/2008 artículo 256.
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