OPERACIONES CAMBIARIAS. PRESTAMOS




Promulgación: 07/09/1931
Publicación: 11/09/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 477
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Apruébase el convenio suscrito con fecha 17 de Agosto último por los Gerentes de las instituciones bancarias establecidas en el país, relacionado con la espera a concederse a las operaciones por créditos en moneda extranjera de origen comercial, concedidos por los respectivos Bancos, así como para las letras vencidas y para las aceptadas y a vencer en moneda extranjera de origen comercial, concertadas o aceptadas dentro de las fechas que más adelante se establecen, hasta un importe máximo de $ 8.221.548, a la par.
   Dicho convenio se cumplirá en las condiciones de los artículos siguientes.
Referencias al artículo

FABINI - JAVIER MENDIVIL - MANUEL V. RODRIGUEZ
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