CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE EMPLEADOS Y OBREROS DE SOCIEDADES ANONIMAS. BENEFICIOS JUBILATORIOS. AMPLIACION




Promulgación: 23/10/1931
Publicación: 30/10/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 655

Artículo 1

   Inclúyese en los beneficios de la ley de 16 de Agosto de 1928 a los patrones y oficiales de peluquerías y ramas anexas.

FABINI - JAVIER MENDIVIL -  MANUEL V. RODRIGUEZ
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