CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE EMPLEADOS Y OBREROS DE SOCIEDADES ANONIMAS. BENEFICIOS JUBILATORIOS. AMPLIACION




Promulgación: 23/10/1931
Publicación: 30/10/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 656

Artículo 1

   Quedan comprendidos en lo dispuesto en la ley de 16 de Agosto de 1928, sobre Jubilaciones y Pensiones de Empleados y Obreros de Sociedades Anónimas el gremio de talabartería y todos los obreros que se dediquen a tareas afines.

FABINI - V. BENAVIDES - MANUEL V. RODRIGUEZ
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