VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 23/10/1931
Publicación: 30/10/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 664

Artículo 2

   Una vez realizados los estudios dispuestos por el artículo precedente, dichas obras serán incluídas en el plan de vialidad e hidrografía dispuesto por la ley de 19 de Octubre de 1928 y su construcción se realizará cuando los recursos lo permitan, sin perjuicio del cumplimiento total de dicho plan.
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