VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. ASIGNACION DE FONDOS. CAMINERIA. HIDROGRAFIA




Promulgación: 23/10/1931
Publicación: 31/10/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 666

Artículo 1

   De los recursos creados por el artículo 2.° de la ley de 19 de Octubre de 1928, destínase hasta $ 400.000.00 para el estudio y mejora progresiva del camino que va desde el puente de Fray Marcos hasta Tupambaé, pasando por Nico Pérez, Batlle y Ordóñez, Cerro Colorado, Reboledo y Casupá.

Artículo 2

   Destínase también hasta la cantidad de pesos 20.000.00, a tomarse de la referida ley, para mejoras a realizarse en el camino departamental de Mercedes a Flores.

Artículo 3

   Serán aplicables a estas obras las disposiciones de la ley del año 1928 sobre vialidad e hidrografía y leyes complementarias.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

FABINI - V. BENAVIDES - MANUEL V. RODRIGUEZ
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