Ver vigencia: Ley Nº 8.883 de 09/09/1932 artículo 1.
Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de Agosto de 1932 el Presupuesto General del
Estado, vigente al 31 de Julio de 1932. Igualmente decláranse en vigencia
las leyes de 6 y 20 de Agosto de 1931 y demás que lo complementan.
FABINI - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - MANUEL V. RODRIGUEZ