PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 05/01/1933
Publicación: 13/01/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 17
Referencias a toda la norma

Artículo 126

   Amplíanse las exoneraciones del impuesto de faros, a que se refiere el artículo 2° de la Ley de 21 de Diciembre de 1907 a favor de los buques de ultramar que carguen en los puertos de la República, única o principalmente productos de granja.
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