COMBUSTIBLES. FISCALIZACION




Promulgación: 23/10/1933
Publicación: 31/10/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 1007
Reglamentada por: Decreto S/N de 17/03/1934.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Háganse extensivos los beneficios concedidos por las leyes del 6 de Mayo
de 1911, número 3758, y 22 de Octubre de 1929 número 8496, respectivamente, a las embarcaciones de pescadores con autorización otorgada por el Instituto de Pesca y a los buques que arme esta repartición para realizar estudios de pesca.
Ayuda