TRABAJADORES. LICENCIA




Promulgación: 23/01/1934
Publicación: 03/03/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 164

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para conceder excepciones a la obligación de la licencia anual establecida por la ley de 27 de Abril de 1933 en los casos especiales de empresas de servicios que atienden necesidades generales y permanentes de la población y que concedan a su personal descansos especiales, disminución de jornadas, doble sueldos y otras ventajas que por su importancia signifiquen para ese mismo personal, un régimen que responda al mejor espíritu de la expresada ley. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

TERRA - CESAR CHARLONE
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