FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA. PATENTES DE GIRO




Promulgación: 17/03/1934
Publicación: 24/03/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 608

Artículo 4

   No podrán revisarse los aforos de la propiedad de las ciudades y villas de campaña para regularlos de acuerdo con el artículo 4.° de la ley, declarándose que la reducción de 20 % se hará solamente en las nuevas tasaciones.
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