CORTE ELECTORAL. FUNCIONARIOS




Promulgación: 27/04/1934
Publicación: 08/05/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 937

Artículo 1

   Póngase en vigencia el artículo 31 de la ley del 17 de Octubre de 1928,
que fué derogado por la ley del 16 de Marzo de 1934, sobre compensación a los miembros de las Juntas Electorales por su tarea en los escrutinios.

TERRA - EUGENIO MARTINEZ THEDY
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