Durante el año 1935 no se podrá adquirir ninguna clase de vehículos a tracción mecánica, con excepción de los correspondientes al Ejército, Salud Pública y Policía.
Para estas adquisiciones se requerirá el informe previo de la Contaduría General. La resolución especial que para el efecto se dicte, será refrendada por el Ministro respectivo y el de Hacienda.