PRESUPUESTO




Promulgación: 31/01/1935
Publicación: 08/02/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 94
Referencias a toda la norma

Artículo 28

   Durante el año 1935 no se podrá adquirir ninguna clase de vehículos a tracción mecánica, con excepción de los correspondientes al Ejército, Salud Pública y Policía.
   Para estas adquisiciones se requerirá el informe previo de la Contaduría General. La resolución especial que para el efecto se dicte, será refrendada por el Ministro respectivo y el de Hacienda.
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