Queda autorizado el Poder Ejecutivo para reunir en un solo texto, agrupándolas por materias, todas las disposiciones vigentes reglamentarias de la ley General de Gastos, o referentes a su aplicación y ejecución, como también todas aquellas disposiciones incorporadas a los Presupuestos anteriores que tengan relación con el funcionamiento de oficinas, servicios, recaudación de rentas, etc.