LEY DE ORDENAMIENTO FINANCIERO




Promulgación: 31/01/1935
Publicación: 08/02/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 126
Referencias a toda la norma

Artículo 133

   El Ministerio de Salud Pública queda autorizado para proveer, a precio de costo y al contado, productos y artículos medicamentosos o dietéticos al Consejo del Niño, Sanidad Militar, Escuelas Industriales, Institutos Penales, Facultad de Veterinaria y dependencias públicas, que determine el Poder Ejecutivo. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 9.640 de 31/12/1936 artículo 1.
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