La Jefatura de las Bolsas de Trabajo departamentales y Auxiliares de Trabajo, correspondientes a las localidades donde existan Agentes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria, Comercio y Servicios Públicos, será ejercida por estos funcionarios.
Queda autorizado el Poder Ejecutivo a confiar las Jefaturas de las demás Bolsas de Trabajo, a Inspectores de Represión al Alcoholismo y del Trabajo y a los Contrastadores de Pesas y Medidas, actualmente en disponibilidad.
Al vacar los cargos mencionados en el inciso anterior, las Jefaturas de las Bolsas se proveerán con la dotación de $ 90.00 mensuales.