PROMOCION INDUSTRIAL. FRANQUICIAS TRIBUTARIAS




Promulgación: 14/08/1935
Publicación: 22/08/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 578
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Cuando se trate de la implantación de nuevas industrias o de la
fabricación de artículos no producidos en el país, se ampliarán las franquicias acordadas precedentemente, con la exoneración del pago de patente de giro y contribución inmobiliaria por el término de diez años, a contar desde su instalación.
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