PRESUPUESTO




Promulgación: 31/12/1936
Publicación: 14/01/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 1000
Referencias a toda la norma

Artículo 14

   El 50 % del excedente que resulte por concepto de los reintegros a que se 
refiere el artículo 44 de la ley de 17 de Julio de 1903, sobre vinos, se 
aplicará a las erogaciones que demande el contralor y la fiscalización de 
la misma.
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