PRESUPUESTO




Promulgación: 31/12/1936
Publicación: 14/01/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 1000
Referencias a toda la norma

Artículo 19

   El Ministerio de Salud Pública podrá disponer de los proventos correspondientes al impuesto sobre venta de boletos de carreras, hasta la suma de $ 530.00 anuales, para efectuar el control dispuesto por el artículo 8º de la ley de Represión del Juego Clandestino.
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