PRESUPUESTO




Promulgación: 31/12/1936
Publicación: 14/01/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 1000
Referencias a toda la norma

Artículo 29

   No podrá concederse al personal de la Administración Pública licencias con goce de sueldo, que no sean la anual reglamentaria, las de enfermedad y las que, en casos especiales y por el término máximo de treinta días, acuerde
el Ministerio respectivo.
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