Ley N° 9639
PRESUPUESTO
Promulgación: 31/12/1936
Publicación: 14/01/1937
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1936
- Página: 1000
Artículo 7
La utilidad que produzca la venta de divisas provenientes de "Emolumentos
Consulares" ingresará a Rentas Generales.
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