ADMINISTRACION NACIONAL DE COMBUSTIBLES ALCOHOL Y PORTLAND (ANCAP). AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS. TRANSPORTE FERROVIARIO. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 16/09/1937
Publicación: 23/09/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 671

Artículo 3

   La Administración de los Ferrocarriles del Estado facilitará a la 
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, siempre que ésta los solicite, el material rodante necesario y apropiado para el transporte de sus productos, acordando con autonomía las tarifas de intercambio que haya de ajustar con las Empresas Ferroviarias, o aplicar, si así conviniera, la servidumbre de vía que establece la ley de 27 de Agosto de 1884.
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