Conocerán en el juicio de expropiación los Juzgados Letrados Nacional de Hacienda y de lo Contencioso Administrativo.
La Suprema Corte de Justicia reglamentará la distribución de todos los
asuntos de la respectiva jurisdicción entre los actuales Juzgados L. de Hacienda y de lo Contencioso Administrativo y el que se crea por esta ley, de modo que resulten equilibradas sus tareas.