INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDAS ECONOMICAS (INVE). CREACION. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 19/11/1937
Publicación: 06/12/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 821
Ver: Decreto Ley Nº 14.666 de 09/06/1977 artículo 4 (Suprime el Instituto 
Nacional de Viviendas Económicas).
Referencias a toda la norma

V - Franquicias

Artículo 42

   Las viviendas adquiridas o construidas bajo el régimen de esta ley, 
quedan exoneradas de impuesto inmobiliario por el término de diez años, a contar de la fecha de su construcción o adquisición originaria, según los casos, y del 50% en los diez años siguientes.
   El Instituto comunicará anualmente a la Dirección General de Impuestos 
Directos las exoneraciones concedidas. Dicha Dirección entregará al Instituto las planillas respectivas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 43.
Ayuda