Ley N° 9739
LEY DE DERECHOS DE AUTOR
Promulgación: 17/12/1937
Publicación: 27/06/1940 Publicada anteriormente: 27/12/1937
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1937
- Página: 873
CAPITULO VII
De los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusión (*)
Artículo 38
Si la ejecución ha sido hecha por un coro o una orquesta, este derecho de oposición corresponde al director del coro o de la orquesta. (*)
(*)Notas:
La denominación del Capítulo VII fue dada por Ley Nº 17.616 de 10/01/2003
artículo 11.
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