GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. PROCESOS JUDICIALES. JUICIO EJECUTIVO




Promulgación: 11/05/1938
Publicación: 14/05/1938
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1938
  •    Página: 336
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   En caso de retasa (artículo 926 del Código de Procedimiento Civil), ella se efectuará por el Juez.
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