Ley N° 9773
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. PROCESOS JUDICIALES. JUICIO EJECUTIVO
Promulgación: 11/05/1938
Publicación: 14/05/1938
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1938
- Página: 336
Artículo 2
En caso de retasa (artículo 926 del Código de Procedimiento Civil), ella se efectuará por el Juez.
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