LEPRA. REGIMEN DE CONTRALOR




Promulgación: 14/10/1938
Publicación: 27/10/1938
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1938
  •    Página: 804

Artículo 13

   Los empleados públicos enfermos de lepra comprendidos en los incisos B) y C), del artículo 9º de la presente ley, gozarán de la misma licencia 
concedida para los empleados tuberculosos, por el decreto de Enero 29 de 1930.
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