DEUDA PUBLICA. EMISION




Promulgación: 18/09/1939
Publicación: 30/09/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 793

Artículo 4

   Para poder solicitar un servicio de agua para una propiedad es necesario que ésta esté al día en el pago de servicio de agua anterior a esa fecha. Si por este concepto hubiera cuentas pendientes éstas serán abonadas por el propietario, no despachándose favorablemente la solicitud si no se cancela antes la deuda.
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