Ley N° 9953
PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS
Promulgación: 04/09/1940
Publicación: 21/09/1940
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1940
- Página: 644
Artículo 28
En la aplicación de esta ley se abonarán jornales mínimos de 2.50 en la Capital y de $ 2.00 en campaña.
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