PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA




Promulgación: 05/12/1940
Publicación: 11/12/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 959

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar en la suma de doscientos ochenta mil pesos ($ 280.000.00) la "Deuda Obras Públicas 1940".
   De esta cantidad se destinará la suma de ciento sesenta mil pesos ($
160.000.00) para invertirse por partes iguales en el mejoramiento de la pavimentación en los balnearios de Punta del Este y Piriápolis; y el saldo, de ciento veinte mil pesos ($ 120.000.00) será destinado, en partes iguales, para la construcción de hornos incineradores en las referidas localidades balnearias.

Artículo 2

   Las obras a que se refiere la presente ley estarán a cargo de la
Intendencia Municipal de Maldonado, la que actuará en un todo de conformidad a lo preceptuado por la ley número 9.515.
   El Poder Ejecutivo pondrá a la disposición del Municipio de Maldonado los fondos correspondientes.

Artículo 3

   El personal obrero que se utilice en dichos trabajos, será designado por los procedimientos vigentes para las obras públicas nacionales.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

BALDOMIR - P. MANINI RIOS - CESAR CHARLONE
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