Resolución del Tribunal de Cuentas N° 2160/024
Instituto Nacional de la Leche - E.E. 1226 -2024 - Estados financieros correspondientes al ejercicio finalizado el 31/12/2023
Fuente del Texto: TCR
RES. 2160/2024
RESOLUCION ADOPTADA POR EL
TRIBUNAL DE CUENTAS
EN SESION DE FECHA 4 DE SETIEMBRE DE 2024
(E. E. N° 2024-17-1-0001226, Ent. N° 1188/2024)
VISTO: los estados financieros formulados por el Instituto Nacional de la Leche (INALE) correspondientes al ejercicio finalizado el 31/12/2023;
RESULTANDO: 1) que dichos estados fueron remitidos al Tribunal de Cuentas el 22/03/2024 a efectos de su visación;
2) que dichos estados comprenden el Estado de Situación Patrimonial al 31/12/2023, los correspondientes Estado de Resultados, Estado de Resultados Integral, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo, por el ejercicio finalizado el 31/12/2023, sus respectivas Notas y Anexos;
3) que en esta oportunidad, la visación no consistió en una auditoría de los estados financieros presentados; su alcance se limitó a la comprobación de la concordancia de los importes consignados en cada rubro de los mencionados estados con los registros contables;
CONSIDERANDO: 1) que como consecuencia de las verificaciones practicadas a los fines señalados, no se constataron diferencias entre los mencionados estados y los registros contables;
2) que conforme a lo expresado en el Resultando 3), este Tribunal no ha practicado la auditoría de los estados mencionados de acuerdo con los Principios Fundamentales de Auditoría del Sector Público (ISSAI 100 y 200) y las Normas de Auditoría Financiera (ISSAI 2200 a 2810) de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI);
ATENTO: a lo dispuesto por los Artículos 159 y 177 del TOCAF;
El TRIBUNAL ACUERDA
1)Visar los estados financieros al 31/12/2023 emitidos por el Instituto Nacional de la Leche (INALE);
2)En las publicaciones a realizarse de acuerdo al Artículo 190 de la Ley N° 19438 deberá expresarse: "El Tribunal de Cuentas ha verificado exclusivamente la concordancia numérica de los estados financieros remitidos con los registros contables, constituyendo dichos estados afirmaciones de la Administración del Organismo";
3)Comunicar la presente Resolución al Instituto Nacional de la Leche y a la Auditoría Interna de la Nación.
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