DOCUMENTACIÓN DE OPERACIONES - SE ADECUAN DISPOSICIONES.


Fuente del Texto: DGI

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RESOLUCIÓN DE LA D.G.I. N° 1.173/007


DOCUMENTACIÓN DE OPERACIONES - SE ADECUAN DISPOSICIONES.


Montevideo, 10 de octubre de 2007

Visto: la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006, que establece un nuevo sistema tributario.

Resultando: que la norma referida establece el marco regulatorio general de aplicación, cometiendo a la Dirección General Impositiva el dictado de normas complementarias.

Considerando: la necesidad de adecuar las disposiciones en materia de documentación de operaciones.

Atento: a lo expuesto,

El Director General de Rentas

R E S U E L V E:

1) Sustitúyese el numeral 1) de la Resolución N° 397/986 de 26 de diciembre de 1986 por el siguiente:

"Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas que adquieran servicios de esquiladores, troperos, domadores y alambradores, documentarán los mismos a través de un recibo en el que conste:

- Nombre, domicilio, documento de identidad y firma del prestador del servicio.

- Descripción del servicio prestado y monto del mismo.

No obstante, los referidos servicios deberán documentarse de acuerdo con el régimen general si el prestador es contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas o el monto de los servicios suministrados en el mes a un mismo usuario, supera el duodécimo del mínimo no imponible anual vigente para el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas al momento de la prestación del servicio".

2) Publíquese en dos diarios de circulación nacional. Insértese en el Boletín Informativo, página web y cumplido, archívese.

El Director General de Rentas.-
Cr. Nelson Hernández Lamarque

Publicada el 11.10.007 en los Diarios "EL País" y "La República".


		
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