Fecha de Publicación: 20/05/2019
Página: 234
Carilla: 234

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

                           Resolución N° 1331/2019

Sustitúyese el nral 1° de la Resolución N° 1211/2019 de 8 de mayo de 2019.
(2.235*R)

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

                                            Montevideo, 17 de mayo de 2019

   VISTO: las Resoluciones N° 231/2019 de 15 de enero de 2019, y N° 1211/2019 de 8 de mayo de 2019.

   CONSIDERANDO: I) que la Resolución mencionada en segundo lugar, prorroga el plazo para la presentación de las declaraciones juradas a que refiere el numeral 2° de la Resolución N° 231/2019.

   RESULTANDO: necesario ajustar el referido plazo para los contribuyentes con ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2018.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 70 del Decreto N° 597/988 de 21 de setiembre de 1988;

                      EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

   Sustitúyese el numeral 1° de la Resolución N° 1211/2019 de 8 de mayo de 2019, por el siguiente:

   "El plazo establecido en el numeral 3° de la Resolución N° 231/2019 de
   15 de enero de 2019, para la presentación de las declaraciones juradas
   a que refiere el numeral 2° de la misma, de aquellos contribuyentes
   con cierres de ejercicio desde la vigencia de la Ley N° 19.566 de 8 de
   diciembre de 2017, y hasta 31 de marzo de 2019, vencerá en el mes de
   agosto de 2019, conforme a las fechas previstas en el cuadro general
   de vencimientos para el cumplimiento de las restantes obligaciones
   tributarias de los contribuyentes."

   Firmado: El Director General de Rentas, Lic. Joaquín Serra.
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