Fecha de Publicación: 30/06/2026
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Carilla: 206

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

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   Pagos a cuenta - Rendimientos de capital mobiliario e incrementos
   patrimoniales. -Los pagos a cuenta a que refiere el artículo 44°
   terdecies del Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007,
   correspondientes al semestre enero - junio de cada año, se pagarán en
   el mes de julio de ese año, de acuerdo con el cuadro de vencimientos
   establecido a tales efectos. Los correspondientes al semestre julio -
   diciembre, se pagarán en el mes de enero del año siguiente, de acuerdo
   al cuadro de vencimientos establecido a tales efectos.
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